Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Estas ayudas tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que, incluidas entre las relacionadas en la base sexta de las bases reguladoras, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.
Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones las comunidades de propietarios ya que se subvencionan obras para edificios de tipología residencial colectiva.
Contiene dos líneas:
La línea 1 de subvención recoge las siguientes actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad. En particular:
La convocatoria se atiene a las bases reguladoras de la Orden de 14 de enero de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios y de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Plazo de solicitud: dos meses a contar desde el día 31/12/20202
Enlace del procedimiento electrónico: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/16480/seguimiento.html
Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
Tienen por objeto contribuir a financiar las obras y, en su caso, las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente de personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad que tengan reconocido, al menos, un 40 por ciento de grado de discapacidad y movilidad reducida, así como los supuestos asimilables recogidos en el dispositivo segundo de la Orden de 24 de mayo de 2017.
Las bases reguladoras están en la Orden de 24 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Ésta orden considera Conceptos subvencionables:
La subvención podrá ser de cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible. El presupuesto protegible tendrá un límite total y máximo de dos mil euros (2.000 euros). En caso de que fuesen preceptivos los gastos en concepto de asistencia técnica, éstos podrán incrementar el presupuesto protegible con un límite máximo de seiscientos euros (600 euros)
Plazo de solicitud: 31/12/2020 – 02/03/2021 (Presentación de solicitud).
Enlace del procedimiento electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/19561/datos-basicos.html