Las empresas ordinarias y las entidades no lucrativas pueden beneficiarse es esta convocatoria de la línea 5 de subvenciones a la creación de empleo indefinido, que respalda tanto nuevas contrataciones como la transformación de los contratos de duración determinada vigentes. La subvención por cada contrato indefinido alcanza los 5.500 euros con carácter general y se incrementa hasta 8.000 euros en función del tipo y grado de discapacidad y de la pertenencia a determinados colectivos. Si la contratación se realiza por autónomos personas trabajadoras autónomas o por una cooperativa o sociedad laboral que contraten a su primera persona empleada, o bien cuando las personas trabajadoras con discapacidad procedan de un enclave laboral, se podrá incrementar en 2.000 euros.
La línea 6 de esta convocatoria respalda en las empresas del mercado ordinario de trabajo la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad. La subvención alcanza hasta 1.800 euros por cada persona contratada y puesto de trabajo.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 16/06/2025
LÍNEA 5
Subvención a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo
Objeto subvencionable.
Cuantía de la subvención.
1.Por cada contrato indefinido inicial o transformación de contrato temporal en indefinido, celebrado a tiempo completo será la siguiente:
Cuando el contrato de trabajo indefinido se formalice a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato, sin que ésta pueda ser inferior al 25% de la jornada a tiempo completo según el coeficiente de tiempo parcial que conste en la Tesorería General de la Seguridad Social.
La persona beneficiaria deberá mantener el empleo indefinido incentivado por un periodo mínimo de 360 días ininterrumpidos
Enlace a trámite https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25567
LÍNEA 6
Subvención a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en empresas ordinarias del mercado ordinario de trabajo
Con esta subvención se sufragará la adaptación de los puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación y las medidas adecuadas en función de las necesidades de cada situación concreta, , así como la dotación de medios de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y/o eliminación de barreras arquitectónicas u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo
Cuantía de la subvención.
Hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada en plantilla durante un período mínimo de seis meses.
Enlace a trámite https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25568