Las familias de personas con parálisis cerebral y con grandes necesidades de apoyo recibirán el CUME hasta que cumplan los 26 años, tras la modificación de la Ley General de Seguridad Social, que ha sido publicada hoy en el BOE.
Esta ampliación del CUME para las familias de personas con parálisis cerebral, grandes necesidades de apoyo y discapacidades afines ha sido una demanda habitual del Movimiento ASPACE puesto que el 80% de las personas con parálisis cerebral precisan de cuidados y apoyos continuos durante 24 horas los 7 días de la semana.
El CUME es una prestación dirigida a progenitores que reducen su jornada laboral para cuidar de manera directa, continua y permanente a sus hijas e hijos con una enfermedad grave o discapacidad, como ocurre hasta en un 75% de las madres de menores con parálisis cerebral.
Hasta el momento, el CUME se otorgaba a familias con hijos e hijas con enfermedad grave hasta los 23 años. Ahora, con esta reforma, se modifican varios artículos de la Ley General de Seguridad Social.
Además, es importante recalcar que aquellas familias que han perdido la prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave, podrán volver a pedir la reducción de la jornada siempre que el hijo acreditara un grado de discapacidad igual o superior al 65 % antes de los 23 años y se siga reuniendo el resto de requisitos para acceder a este derecho, pudiendo mantenerse hasta que cumpla, como máximo, 26 años de edad.
El avance principal es que se prevé la ampliación hasta los 26 años. En concreto, se establecen dos tramos: hasta los 23 años, que incluye cáncer y otras enfermedades, así como el cuidado permanente de personas con discapacidad; y desde los 23 a los 26, que solo sería aplicable a personas con discapacidad y grandes necesidades de apoyo, ya que se establece la necesidad de que el hijo a la hija tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
En este sentido, ASPACE celebra esta ampliación, pero recuerda que las necesidades de apoyo de las personas con parálisis cerebral no remiten cuando cumplen los 26 años.
Otro de los artículos modificados se centra en la situación de la unidad familiar y garantiza el acceso a la prestación a aquellas familias formadas por una sola persona progenitora, sea cual sea su situación laboral. Anteriormente el CUME se extinguía si la unidad de convivencia se deshacía y uno de los progenitores dejaba de trabajar. Esto ocurría así porque se equiparaban a las familias beneficiarias con aquellas compuestas por dos progenitores. Ahora, en caso de situación de nulidad, separación, divorcio o violencia de género; la prestación se mantendrá para que quien conviva con la persona con parálisis cerebral pueda seguir desempeñando los cuidados necesarios. Esta medida garantiza, por un lado, la atención a las necesidades de apoyo de la persona con parálisis cerebral y, por otro, preserva el futuro profesional de quien ejerce los cuidados.